1) Realizar la autoliquidación y pagar la tasa y el ICIO
2) Realizar la comunicación previa o la DD.RR adjuntando los justificantes de pago
2) Realizar una Instancia general solicitando la Bonificación del ICIO (Al mismo tiempo que se hace la comunicación previa o la DD.RR, sino no nos la concederán) (Dirigir la instancia a Ingresos Urbanísticos)
En caso de que la vivienda no se encuentre en el casco histórico hay que realizar una Comunicación Previa a través de la sede electrónica:
Modelo 430
En caso de que la vivienda se encuentre en el casco histórico hay que realizar una DD.RR a través de la sede electrónica:Modelo 440
En ambos casos aportando la siguiente documentación:
-Memoria técnica
-Presupuesto detallado por partidas
-Modelo 430 (comunicación previa) o Modelo 440 (DD.RR)
-DNI
-Acreditación de representación
-Justificante del pago de las Tasa y el ICIO
-Fotografía en color de la zona de actuación
-Estudio básico de seguridad y salud
Tasa: 8,20 €.
ICIO: 4%. Bonificación del 95% (devolución).
Fianza: No es necesaria.
IBI: Bonificación del 30% durante 5 años.
El otorgamiento de esta bonificación estará condicionado a
que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la
aportación del proyecto técnico o memoria técnica, del certificado de montaje,
en su caso, y del certificado de instalación debidamente diligenciados por el
organismo autorizado por la Comunidad Autónoma de Aragón. Asimismo, deberá
aportarse la siguiente documentación:
- Licencia urbanística de obras o autorización municipal
equivalente.
- Copia del pago de las Tasas Urbanísticas y del I.C.I.O.
- Certificado final de obras.
- Factura o certificado del coste de la instalación y justificante de pago de
la misma.
_______________________________________________________________________________________
Servicio de Licencias Urbanísticas