TASAS: 1,7% sobre el presupuesto.
ICIO: 4% sobre el presupuesto. Hay una bonificación del 95% que se puede aplicar de manera automática pero que se debe solicitar al momento de presentar la Declaración Responsable.
IBI: bonificación durante cinco años:
Inmuebles de uso residencial.
- 20% cuando dispongan de una potencia instalada de 3,45 Kw a 4,59Kw por vivienda.
- 30% cuando dispongan de una potencia instalada igual o superior a 4,60 Kw por vivienda.
Inmuebles de uso no residencial.
- 30% cuando dispongan de una potencia instalada mínima de 5 Kw por cada 200 m2 construidos.
FIANZA: No es necesaria