Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: San Agustin de Guadalix

Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: San Agustin de Guadalix

Hay que presentar declaración responsable acompañado de memoria técnica, proyecto, tipo de anclajes, presupuesto y croquis de la instalación. Enviar a m.moreno@aytosag.es 
Tras presentar esta info nos enviaran las autoliquidaciones. y pagarlas y enviarlas a la misma dirección .

No es necesario esperar a que notifiquen, pero no se pueden comenzar las obras hasta que no se hayan liquidado las tasas.

TASAS: 1,3% euros del presupuesto

IBI: 30% de bonificación siempre y cuando dicho sistema represente un suministro mínimo de energía del 70%, esta bonificación será vigente siempre que no varíen las circunstancias/ requisitos que dieron lugar a su concesión

ICIO: 4% sobre el presupuesto -  bonificación directa del 50% (Marcar casilla al hacer la DDRR)

IRPF: no tiene deducciones

Fianza no es necesaria
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IBI:
4. Se aplicará una bonificación del 30% en la cuota íntegra del impuesto, correspondiente a bienes inmuebles destinados a viviendas en los que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo siempre y cuando dichos sistemas representen un suministro de energía mínimo del 70% del total y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores homologados por la administración competente.
Esta bonificación se concederá a petición del interesado y deberá ir acompañada de la siguiente documentación acreditativa de los requisitos anteriores:
-Escrito de solicitud de la bonificación, en el que se identifique el bien inmueble
-Licencia de obra
-Proyecto Técnico Específico
-Autorización de puesta en servicio de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid