Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: Griñon

Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: Griñon

TASA: 1,6% del presupuesto sin IVA.

ICIO: 3,5% del presupuesto sin IVA. Tiene una bonificación del 95%

LIQUIDACIÓN: Antes de presentar la documentación se debe solicitar las cartas de pago en urbanismo@ayto-grinon.es.

FIANZA: No es necesaria. 

IBI: 20%. Duración 3 años. Se solicita en la sede electrónica por instancia general con documento de solicitud de la bonificación adjunto (20230113_impreso BONIFICACION IBI ENERGIA SOLAR). Para obtener la bonificación para instalaciones de este año se debe realizar antes del 28 de Febrero 2023. Se deben acompañar los siguientes documentos con la solicitud: 

-DNI titular de la vivienda.
-Boletín de la instalación eléctrica o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) en el que se incluya la modificación de la instalación eléctrica por la instalación de los sistemas de aprovechamiento de energía solar (realizado por instalador autorizado), incluyendo en la parte posterior del mismo el código de barras con un código de verificación electrónico (COVE).
-Inscripción de la instalación eléctrica ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
-Última factura eléctrica o certificado, donde figure que la instalación está en servicio.
-En el caso de pisos y locales en régimen de propiedad horizontal, documentación que ponga de manifiesto la relación de los propietarios partícipes de la instalación y las cantidades repercutidas a cada uno de ellos; así como cualquier otra documentación que se estime procedente.

Para uso residencial tiene un máximo de 200 
€.
Para uso no residencial tiene un máximo de 350 €.