LIQUIDACIÓN: Las tasas se pagan antes de presentar la solicitud con una autoliquidación.
El pago puede ser presencial en la Tesorería Municipal o según consulta al teléfono (Opción 3- Tesorería, Opción 3, Recaudación). Presentada la comunicación previa, el ayuntamiento practicará una liquidación provisional a cuenta, en el primer caso, o se practicará autoliquidación en el segundo, determinándose la base imponible en función del presupuesto presentado por los interesados. Una vez finalizada la construcción, instalación y obra, y teniendo en cuenta su coste real y efectivo, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará, en su caso, la base imponible a que se refiere el apartado anterior practicando la correspondiente liquidación definitiva y exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad que corresponda.