TASA: Si el ICIO supera los 50€ no se paga la tasa (Si no supera el pago mínimo es de 50€).
ICIO: 3,5% del presupuesto sin IVA. No hay bonificación.
LIQUIDACIÓN: Una vez aprobada la Declaración Responsable, el ayuntamiento enviará las cartas de pago.
FIANZA: No es necesaria.
IBI: No hay bonificación.