TASAS: 1,7% sobre el presupuesto.
ICIO: 4% sobre el presupuesto. Hay una bonificación del 95% que se puede aplicar de manera automática pero que se debe solicitar al momento de presentar la Declaración Responsable. 
IBI: bonificación durante cinco años: 
Inmuebles de uso residencial. 
- 20% cuando dispongan de una potencia instalada de 3,45 Kw a 4,59Kw por vivienda. 
- 30% cuando dispongan de una potencia instalada igual o superior a 4,60 Kw por vivienda. 
Inmuebles de uso no residencial. 
- 30% cuando dispongan de una potencia instalada mínima de 5 Kw por cada 200 m2 construidos. 
FIANZA: No es necesaria