ICIO: 3% sobre presupuesto. Si hay bonificación.
BONIFICACIÓN ICIO: 95%.
LIQUIDACIÓN: La tasa se debe pagar por autoliquidación en "SUMA", y se debe solicitar la bonificación del IBI directamente (buscar en el desplegable "energía renovables".
FIANZA: No es necesaria.
IBI: 20%. Con una duración de 3 años, y se solicita solo una vez por medio de la sede electrónica con una instancia general o por medio de la oficina de SUMA en el ayuntamiento. Se adjunta el documento.