TASA: 2,5% sobre presupuesto.
ICIO: 1,2% sobre presupuesto. Si hay bonificación.
BONIFICACIÓN ICIO: 95%. La solicitud realiza en la presentación de escritos porque es directa.
LIQUIDACIÓN: El ayuntamiento envía las cartas de pago.
FIANZA: No es necesaria.
IBI: No hay bonificación.