ICIO: 2% sobre presupuesto sin IVA. Si hay bonificación.
BONIFICACIÓN ICIO: 95%.
LIQUIDACIÓN: Las cartas de pago las envía el ayuntamiento luego de presentar la declaración responsable. Al presentar la declaración responsable se debe solicitar la bonificación del ICIO.
FIANZA: No es necesaria.
IBI: No hay bonificación.