Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: Móstoles

Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: Móstoles

Hay que presentar Declaración Responsable firmada por el cliente con la siguiente documentación adjunta:
- Proyecto y dirección facultativa, firmada por arquitecto o ingeniero
- Podemos comenzar la instalación al día siguiente de presentarla en el Ayuntamiento
- También hay que presentar hoja de encargo, y Declaración de conformidad con la normativa urbanística (modelo del Ayuntamiento).
      1. Hay que presentarlo en papel, y en PDF, y el archivo no puede pesar mas de 10 megas
      2. En el propio proyecto hay que incluir un apartado con el presupuesto.                                                 
      3. Hay que incorporar un apartado de gestión de residuos en el caso de haberlos, sino se paga una fianza de 150€.

TASAS: 2,68% sobre el presupuesto, con un mínimo de 51,04€

IBI: Bonificación del 25%

ICIO: 4% sobre el presupuesto - no hay bonificación

IRPF: No hay deducciones

--------------------------

IBI:
Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto, las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los cuatro períodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. 

Para tener derecho a esta bonificación será necesario: 
a) En los sistemas de aprovechamiento térmico de la energía solar, que la instalación disponga de una superficie mínima de captación solar útil de 4 m2 por cada 100 m2 de superficie construida. 
b) En los sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar, que se disponga de una potencia instalada mínima de 5 Kw por cada 100 m2 de superficie construida. 

En aquellos casos en los que se instalen ambos sistemas la bonificación máxima aplicable será del 25 por ciento. 

2.1 El otorgamiento de esta bonificación estará condicionado a que el cumplimiento de los anteriores requisitos quede acreditado mediante la aportación del proyecto técnico o memoria técnica, del certificado de montaje, en su caso, y del certificado de instalación debidamente diligenciados por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma de Madrid. Asimismo, deberá identificarse la licencia municipal u otro acto de control urbanístico que ampare la realización de las obras.