Información relativa a todos los trámites & posibles bonificaciones con los ayuntamientos: Cuarte de Huerva

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Hay que presentar Declaración Responsable y adjuntar la siguiente documentación:

Proyecto
- Presupuesto
- Al solicitar la licencia por sede electrónica se pagan las Tasas y el ICIO en el momento.

TASAS: 10,00 euros, salvo aquellas obras cuyo P.E.M. sea inferior a 600€, en cuyo caso la cuota será de 6,00 euros. Al solicitar la licencia por la sede electrónica se pagan las tasas y el ICIO en el momento.

IBI: No hay bonificación

ICIO4% sobre base imponible a excepción de aquellas obras cuyo presupuesto de ejecución material sea inferior a 600,00 euros, respecto de las cuales el tipo de gravamen será el 1%. - Bonificación 95%



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ICIO: 
La base imponible de este impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación y obra., entendiendo por tal, a estos efectos, el coste o presupuesto de ejecución material. La cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen. El tipo de gravamen será el 4 (cuatro) por 100, a excepción de aquellas obras cuyo presupuesto de ejecución material sea inferior a 600,00 euros, respecto de las cuales el tipo de gravamen será el 1 (uno) por 100. El impuesto se devenga en el momento de iniciarse la construcción, instalación y obra, aún cuando no se haya obtenido la correspondiente licencia o presentado la correspondiente actuación comunicada.

La cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, resultante de las obras que cumplan las condiciones anteriores, será susceptible de bonificación en un porcentaje del 95%.