IBI: No tiene bonificación. Se está redactando una nueva ordenanza.
IRPF: No hay deducciones.
FIANZA POR RESIDUOS: No es necesaria.
*En el caso de que la vivienda se sitúe en Suelo No Urbanizable y se encuentre fuera de ordenación, será necesario pedir informe a la Comunidad de Madrid (el trámite se haría desde el Ayuntamiento). El informe es vinculante y hasta que no se reciba respuesta no se podría otorgar licencia.