Hay que presentar licencia de obra menor y adjuntar la siguiente documentación:
- Descripción pormenorizada de todas las obras que se pretenden ejecutar.
- Planos de situación, de emplazamiento, del estado actual y reformado.
- Presupuesto detallado de las obras, ajustado a precios actuales de mercado.
TASAS: 0,60% ,min 10€
IBI: No hay bonificación
ICIO: 2,60% sobre el presupuesto - Bonificación del 40%
IRPF: No hay deducciones
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ICIO:
Bonificación del 40% a favor de las obras de instalación que consistan en la incorporación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta bonificación quedará condicionada a que las instalaciones de producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.