TASA: 0,54% del presupuesto sin IVA
ICIO: 2% del presupuesto sin IVA. Hay una bonificación del 95% que se aplica de manera automática.
LIQUIDACIÓN: Una vez aprobada la Declaración Responsable, el ayuntamiento enviará las cartas de pago.
FIANZA: No es necesaria.
IBI: Hay una bonificación entre el 25% al 50% dependiendo de la potencia de instalación y es aplicable durante 3 años.