ICIO: 4% sobre el presupuesto. Si hay bonificación.
BONIFICACIÓN ICIO: 50%. No es directa, se debe solicitar una devolución a través de una instancia general.
LIQUIDACIÓN: La tasa se paga antes de presentar la declaración responsable mediante la oficina virtual tributaria.
FIANZA: No es necesaria.
IBI: No hay bonificación.