Documentación administrativa:
1. Instancia general, licencia de obra menor, hay que esperar a que nos notifiquen, la demora es de aproximadamente un mes. (30/06 - continuan con LCU)
2. Justificante de pago de la tasa por licencia urbanística e impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Documentación técnica:
1. Proyecto técnico, con el contenido establecido en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, cumpliendo la Parte I, Anejo I y que incluya, al menos:
- Memoria descriptiva y constructiva.
- Planos
- De situación referido al PGOU.
- De parcela acotado y acotando retranqueos.
- De planta, cubierta, alzados y secciones, de estructura.
- En reformas; de estado actual y reformado.
- Pliego de condiciones (de cláusulas administrativas y condiciones técnicas particulares).
- Mediciones detalladas de las obras.
- Presupuesto.
2. Acepto de la Dirección de Ejecución de la obra.
3. Acepto de la Coordinación de Seguridad y Salud.
4. Estudio / Estudio básico de Seguridad y Salud.
5. Estudio de Gestión de Residuos donde se de cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 105/2008 de Gestión de los residuos de construcción y demolición.
NOTA: Documentación que deberá aportarse firmada por técnico competente y visada por el colegio profesional correspondiente, en los supuestos incluidos en el Real Decreto 1000/2010 sobre visado colegial obligatorio.
TASAS: 0,5% sobre el presupuesto
IBI: no hay bonificación
ICIO: 3% sobre el presupuesto - no hay bonificación